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Accidente de tránsito yendo al trabajo: ¿podés reclamar a la ART y al seguro?

Si sufrís un accidente de tránsito mientras vas hacia tu trabajo o regresás a tu domicilio, puede tratarse de un accidente in itinere. Pero si además intervino otro vehículo responsable, pueden existir dos vías de reclamo.

¿Qué es un accidente in itinere?

La Ley 24.557 considera accidente in itinere al ocurrido en el trayecto entre el domicilio del trabajador y su lugar de trabajo, o viceversa, siempre que el recorrido no haya sido interrumpido o alterado por motivos ajenos al trabajo.

¿Qué podés reclamar ante la ART?

La ART debe brindar las prestaciones médicas y dinerarias correspondientes. Si luego del tratamiento quedan secuelas permanentes, deberá evaluarse el porcentaje de incapacidad y la indemnización que corresponda.

¿Y si otro vehículo provocó el accidente?

Si intervino un tercero responsable —por ejemplo, un automóvil, una motocicleta, un camión o un colectivo— además del reclamo ante la ART puede existir un reclamo contra el responsable y su compañía aseguradora por los daños sufridos.

¿Se pueden realizar ambos reclamos?

Sí. Son vías diferentes que pueden coexistir, aunque la legislación establece mecanismos para evitar una doble reparación por el mismo daño.

Por eso, ante un accidente de tránsito camino al trabajo, es importante analizar tanto la cobertura de la ART como la responsabilidad del tercero involucrado.

En Ojeda & Asociados analizamos tu caso y las distintas vías de reclamo para determinar qué indemnizaciones pueden corresponder.

Publicado el 25 de August de 2026

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